Y la burbuja iDental estalló: ¿qué, cómo y a quién reclamo?

TEMA APERTURA B---NOTICIA 1--PROTESTA IDENTAL

Castellón, 16/10/2018.- Cuatro meses. Son los transcurridos desde que estallara lo que a nivel mediático se ha denominado el estallido del “último eslabón de la burbuja odontólogica”. Tras Funnydent y Vitaldent llegó el jaque de la franquicia low cost iDental. La evidencia, como apuntaba el presidente del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro, en un artículo de opinión reciente, de que “la mercantilización de la salud bucodental en España sigue alcanzando cotas inimaginables”.

“Prácticamente todo vale para tratar de captar el mayor número de clientes, que no pacientes, posible. Vales de descuento para acudir a la clínica, promoción a través de sms, centros dentales en grandes superficies… Parece que no importa la valía y destreza del profesional que te trata, ahora es más importante la marca. Y al final, en un sector que está absolutamente sobredimensionado en España, los escándalos en forma de cierres repentinos de clínicas que dejan a pacientes en la calle sin dinero y con los tratamientos sin finalizar están a la orden del día”, señalaba.

El resultado: miles de pacientes en toda España con tratamientos pagados pero no finalizados. También en Castellón, donde el cierre anunciado ha llegado al único centro de iDental en la provincia, ubicado en Betxí. En la Comunitat Valenciana, y según datos de la Conselleria de Sanitat, son al menos 120.000 las personas afectadas. 1.137 han acudido ya a la Conselleria reclamando una copia de su historia clínica, 105 de Castellón, donde hay 7.000 afectados. 

En definitiva, pacientes desamparados ante “una de las mayores estafas cometidas en el ámbito sanitario”. Pacientes frustrados al verse “sin dientes y sin dinero” y para quienes las preguntas desde aquel cierre repentino y en cadena de junio se suceden. ¿Cómo actuar?, ¿dónde y cómo?, ¿a quién dirigirse?, ¿cómo subsanar el daño ocasionado?, ¿quién es responsable?… Cuestiones que saltan también a ámbitos que difieren de la órbita del paciente: ¿qué papel tienen los colegios profesionales en casos como este?, ¿a quién compete sancionar?, ¿a quién investigar?, ¿cómo tramitar las respectivas indemnizaciones?, ¿cómo evitar una nueva burbuja odontológica? Aquí van las respuestas.

 

—EL PACIENTE. Protocolo de actuación para afectados por el cierre de iDental en la Comunitat Valenciana.
La referencia para cualquier persona afectada es el protocolo de actuaciones para los pacientes de iDental consensuado por la organización de consumidores FACUA, la Unió de Consumidors de la Comunitat Valenciana (UCCV) y el Consejo Valenciano de Odontólogos y Estomatólogos (CONVOE) y remitido a Sanidad.
Contempla 10 pasos a seguir, que pueden consultarse detallados en este enlace.
1. Conservar toda la documentación: folletos publicitarios, presupuestos, contratos de financiación, resguardos de citas, copia de historia clínica, pruebas diagnósticas…
2. Dirigir escrito de reclamación a la clínica cuyos servicios hubieran sido contratados relatando los hechos concretos. Importante: que el escrito de reclamación se remita mediante correo certificado con acuse de recibo. Las Asociaciones de Consumidores, y los Colegios Oficiales de Odontólogos de Alicante, Castellón y Valencia prestan todo tipo de asesoramiento y recomendaciones para reclamar.
3. Si se ha suscrito contrato de crédito para financiar el tratamiento, paralelamente procedería dirigir reclamación contra la correspondiente entidad bancaria para la paralización de los pagos de las cuotas del préstamo y la devolución de lo abonado.
4. Si la entidad financiera no responde a la reclamación o no ofrece solución a la misma, procedería plantear denuncia administrativa contra el banco ante la Dirección General de Consumo de la Generalitat Valenciana.
5. Dirigir escrito de reclamación contra la aseguradora con la que nuestra clínica hubiera suscrito el seguro de responsabilidad civil del que debe disponer por ley.
6. Si la clínica iDental impide el acceso a nuestra historia clínica, procedería poner tales hechos en conocimiento de las entidades u organismos que por vía judicial estuvieran reclamando su entrega, o bien personarse como afectado a fin de solicitar el amparo judicial para intervenir dicha documentación.
7. En caso de negligencia profesional grave, presentar reclamación o queja ante el Colegio Oficial de Odontólogos de la provincia donde conste la clínica iDental, con intención de que se investigue si la actuación de los colegiados que han intervenido ha sido diligente.
8. En caso de haber pagado el afectado a iDental o haberse financiado mediante préstamo no ofertado por iDental (no vinculado), además de lo expuesto, podrá reclamar ante los tribunales de justicia por los daños y perjuicios ocasionados y personarse en los procedimientos penales que se siguen contra iDental.
9. Si se carece de patrimonio y recursos económicos suficientes para litigar y, de reunir los requisitos legalmente establecidos, podría interesarse el beneficio de Asistencia Jurídica Gratuita y disponer de abogado y procurador de oficio.
10. Se recomienda la valoración y análisis en profundidad de todas las ofertas que podamos recibir de otras clínicas, bancos y bufetes de abogados con el ofrecimiento de dar solución a las situaciones que se derivan del cierre en cadena de clínicas iDental.

 

—LOS COLEGIOS. El papel facilitador del CODECS
El Colegio Oficial de Dentistas de Castellón (CODECS) ha actualizado su formulario de quejas y reclamaciones para facilitar los trámites de las personas que pudieran estar afectadas por el cierre de las clínicas de iDental.
1. Los afectados deben rellenar tanto el formulario de quejas como la autorización relativa a la protección de datos que se adjuntan en pdf. Estos formularios se pueden enviar, una vez rellenados, al e-mail secretaria@cooecs.es, traerlos a la sede colegial situada en la Calle Tenerías, 77-bajo, 12003 Castellón o a esta misma dirección por correo postal, con acuse de recibo.
2. Es importante enviar una fotocopia del DNI por las dos caras y firmada por el interesado.

Además, el CODECS dispone de una bolsa de colegiados voluntarios “dispuestos a realizar informe clínico en el que se refleje el estado bucodental actual del paciente y el tratamiento necesario pendiente de realizar, así como el importe económico que cuesta el tratamiento pendiente, cobrando por la emisión del informe clínico y la visita, los honorarios equivalentes a la primera vista que tenga establecido cada dentista”.


—COMPETENCIAS de los organismos colegiales en casos como el de iDental:
Informar, comunicar y denunciar lo que ocurre en el sector sanitario, incluido cualquier incumplimiento normativo –como fue en el caso de las clínicas iDental- a la Administración Central, Consejerías y partidos políticos, que son las autoridades que tienen competencias para investigarles y sancionarles.

Velar por el cumplimiento de los principios éticos y deontológicos por parte de los dentistas durante el ejercicio de su profesión. Estos principios se encuentran plasmados en el Código Español de Ética y Deontología Dental, y su desarrollo procedimental, en los Estatutos y en los reglamentos internos.


—CLÍNICAS DENTALES: ¿Quién las controla?
Mediante la potestad disciplinaria, los Colegios de Dentistas pueden controlar los servicios que prestan individualmente sus colegiados, pero no las empresas de atención bucal, sociedades mercantiles o clínicas donde trabajan los dentistas. Son las Consejerías de Sanidad o sus Departamentos de Inspección los organismos competentes para la concesión y renovación de las autorizaciones de los centros sanitarios, así como la inspección y control de estos.

 

—SANCIONES E INDEMNIZACIONES: ¿a quién compete?
Los Colegios de Dentistas no pueden pronunciarse sobre la existencia de una responsabilidad civil derivada de una mala praxis, ni establecer indemnizaciones a favor de los pacientes, pues esta competencia reside “única y exclusivamente en los Tribunales de Justicia”.

 

—PERITAJE:
Los informes periciales deben ser elaborados por profesionales expertos en una determinada materia –y deben diferenciarse de los informes sobre el estado de la salud bucodental, que sí puede elaborar cualquier odontólogo-. Al realizarse –los informes periciales- con la intención de ser utilizados en procesos judiciales, el perito deberá acudir a la sede judicial para ratificarse sobre el contenido del mismo cuando sea llamado por el juzgado. A raíz del cierre de iDental, varias organizaciones han pedido al Consejo General de Dentistas que los colegiados realizaran los informes periciales de manera gratuita. Pero la organización colegial carece de potestad para establecer precios de los informes. Es más, los colegios territoriales elaboran listados de peritos donde los dentistas se adhieren voluntariamente, sin que los Colegios puedan establecer criterios mínimos de adhesión, para dar traslado a los Juzgados y Tribunales. Hay que tener en cuenta que la elaboración de un informe pericial forma parte del ejercicio profesional y supone una responsabilidad para el profesional. En cualquier caso, la decisión de renunciar a la remuneración por la elaboración de un informe pericial como de situación, corresponde únicamente al profesional.

 

—¿SE PUEDE EVITAR OTRO CASO iDENTAL?
Hay dos cuestiones pendientes, y altamente reivindicadas a la Administración desde el sector de la odontología, para evitar una nueva estafa masiva del calado de iDental.

1.- Aplicar la Ley de Sociedades Profesionales para así evitar que las empresas de servicios sanitarios se rijan exclusivamente por criterios mercantilistas.
2. Regular la publicidad sanitaria. En la Comunidad Valenciana, la Conselleria de Sanidad acaba de anunciar que está elaborando una norma para impedir la publicidad engañosa en las tres provincias. La normativa también abordará el intrusismo.

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